Es común que cuando decidimos comprar una casa o terreno no sepamos mucho respecto de esta operación. Pero lo más delicado es que en este tipo de transacciones ponemos sobre la mesa una gran parte de nuestro patrimonio, el cual seguramente ha costado mucho esfuerzo y trabajo ahorrar.

Por ello, queremos que sepas cuál es la documentación que deberás solicitar al propietario de la casa o terreno que te interesa adquirir, además de lo que deberás de verificar en la propiedad.

Algo básico es que por ningún motivo entregues alguna cantidad antes de revisar la documentación correspondiente; es probable que te pidan un adelanto para asegurar la operación o para «apartar» el inmueble. No tomes decisiones apresuradas, no te emociones, haz una cosa a la vez y hazlo con la cabeza, no con el corazón.

Primero que nada solicita al vendedor de la casa o terreno lo siguiente en copia simple:

• Escritura de compra venta (con los datos de registro).

• Comprobante del pago del Impuesto Predial, el último que se haya pagado.

• Identificación oficial del propietario o propietarios del inmueble.

• Plano oficial de la casa o terreno (actualizado), de preferencia que incluya los sellos de autorización por parte de la oficina de Desarrollo Urbano y Catastro que corresponda a la ubicación.

• Copia de los últimos pagos que se hayan realizado por servicios como: agua, gas, luz y teléfono.

Con esta información acude ante un Notario, de preferencia de tú confianza. Recuerda que la parte compradora tiene derecho de escogerlo y, por consecuencia, pagar sus honorarios.

Él verificará la situación que guarda el inmueble en el Registro Público de la Propiedad; verificará si presenta algún gravamen, embargo, adeudo, etcétera. También verificará si hubiera algún adeudo en el pago del Impuesto Predial y si está correctamente registrada la construcción. Además dará fe de que no exista alguna limitación para poder celebrar la operación.

Con el plano de la propiedad deberás verificar que los metros cuadrados de construcción que te están ofreciendo sean los correctos y que estén debidamente registrados. Con los comprobantes de pagos de servicios, aunque los consumos dependerán mucho del cuidado de cada quien, podrás ver que no exista un adeudo y/o consumo extraordinario y un aproximado de lo que pagarás en el futuro.

El que tenga un gravamen o deba impuestos no quiere decir que no se pueda celebrar la operación, simplemente deberás definir el procedimiento legal correcto con tu abogado y con la institución bancaria, en su caso, para corregir esto y no correr riesgos innecesarios.
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